Aprobación proposición de Ley pasarela al RETA

12/06/2026

Aprobación por el Congreso de la Proposición de Ley de pasarela al RETA para mutualistas.
 
El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado, en su sesión celebrada el 11 de junio de 2026, la Proposición de Ley destinada a regular la denominada "pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)" para los profesionales integrados en mutualidades alternativas.
 
Tras esta aprobación, el texto continuará su tramitación parlamentaria en el Senado, donde podrá ser objeto de nuevas modificaciones antes de su aprobación definitiva. Asimismo, una vez concluido el procedimiento legislativo, será necesario un posterior desarrollo reglamentario para concretar diversos aspectos técnicos y procedimentales de su aplicación.
 
Por su relevancia para los profesionales que han desarrollado total o parcialmente su actividad a través de sistemas alternativos de previsión social, el Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla considera oportuno trasladar a sus colegiados los principales aspectos de esta iniciativa legislativa.
 
Principales aspectos del texto aprobado por el Congreso:
 
1. Avance en la tramitación de la pasarela
 
La aprobación por el Congreso supone un paso decisivo en la creación de un mecanismo que permitirá, en determinadas condiciones, integrar en el sistema público de Seguridad Social los derechos económicos generados en mutualidades alternativas.
 
No obstante, la regulación todavía no ha concluido su tramitación parlamentaria y algunos aspectos relevantes deberán concretarse posteriormente mediante desarrollo reglamentario.
 
2. Ampliación del ámbito de aplicación
 
Las enmiendas incorporadas durante la tramitación parlamentaria amplían significativamente el ámbito subjetivo de la futura pasarela, eliminando varias de las limitaciones inicialmente previstas y permitiendo potencialmente el acceso a colectivos que quedaban excluidos en versiones anteriores del texto, incluidos mutualistas ya jubilados.
 
Las condiciones definitivas de acceso deberán confirmarse una vez finalice la tramitación legislativa y se apruebe la normativa de desarrollo correspondiente.
 
3. Integración de derechos y aportaciones
 
La norma contempla la posibilidad de integrar en el sistema público los derechos económicos generados en las mutualidades alternativas.
 
Asimismo, prevé el reconocimiento de las aportaciones realizadas por los mutualistas para su eventual consideración dentro del sistema público de Seguridad Social, quedando pendiente de concreción reglamentaria la determinación de los mecanismos de equivalencia, valoración y cómputo aplicables.
 
4. Régimen fiscal
 
El texto aprobado incorpora medidas dirigidas a facilitar la transferencia de derechos económicos desde las mutualidades alternativas al sistema público, contemplando un tratamiento fiscal específico para dicha operación y evitando que el traspaso genere, con carácter general, una tributación inmediata en el momento de su realización.
 
5. Seguimiento y evaluación del sistema
 
La norma incorpora mecanismos de seguimiento y evaluación de sus efectos, con el objetivo de analizar el impacto de la medida sobre el sistema de previsión social y valorar su funcionamiento una vez entre en vigor.
 
6. Carácter voluntario
 
Resulta especialmente importante recordar que la futura incorporación a la pasarela tendrá carácter estrictamente voluntario.
 
En consecuencia, la eventual integración en el RETA no se producirá de forma automática, sino que requerirá la correspondiente solicitud expresa por parte de cada mutualista que decida acogerse al sistema, en los términos que establezca la normativa aplicable.
 
Acceso a documentación oficial:
Los colegiados que deseen consultar directamente la información oficial pueden acceder a la siguiente documentación:
 

   
Información adicional
 
La presente comunicación tiene carácter meramente informativo y tiene por objeto trasladar a los colegiados una actualización sobre el estado de tramitación parlamentaria de esta iniciativa legislativa, dada su evidente relevancia para una parte significativa de la profesión.
 
El Colegio actúa exclusivamente como cauce de difusión institucional de una información de interés general para los colegiados, sin asumir funciones de interpretación vinculante de la norma ni de asesoramiento individualizado respecto de las decisiones que cada mutualista pueda adoptar.
 
Dada la complejidad técnica de la materia y la necesidad de analizar las circunstancias particulares de cada profesional, el Colegio no puede realizar valoraciones individualizadas sobre los efectos que la futura norma pudiera tener en cada caso concreto.
 
Por ello, para cualquier consulta relativa a derechos económicos acumulados, condiciones de acceso, efectos sobre prestaciones, impacto fiscal o cualesquiera otras cuestiones particulares relacionadas con la eventual incorporación a la pasarela, los mutualistas deberán dirigirse a su respectiva mutualidad, que es la entidad competente para facilitar información específica sobre la situación individual de cada partícipe, sin perjuicio del asesoramiento profesional que cada interesado estime oportuno recabar.
 
El Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla continuará realizando un seguimiento de la tramitación parlamentaria y del posterior desarrollo reglamentario de esta iniciativa, informando a sus colegiados de aquellas novedades que puedan resultar de interés para la profesión.
 

Impreso de la web del Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla